Facturación · Requisitos legales

Facturas emitidas: requisitos legales para autónomos

Cada factura que emites debe cumplir requisitos específicos. Si no los cumple, tu cliente no podrá deducirla y tú podrías tener problemas.

Cuando emites una factura como autónomo, no vale cualquier documento. La normativa española (Real Decreto 1619/2012) establece datos obligatorios que toda factura debe incluir.

Una factura incorrecta puede hacer que tu cliente no pueda deducir el gasto, y a ti te puede suponer sanciones de Haciendaen caso de inspección.

Datos obligatorios en toda factura

Estos elementos son imprescindibles. Sin ellos, la factura no es válida fiscalmente.

Número de factura

Numeración correlativa y única por año. No puede haber saltos ni duplicados. Puedes usar series diferentes.

  • Ej: 2024/001, 2024/002...
  • Series separadas permitidas

Fecha de emisión

La fecha en que emites la factura. Debe estar dentro del plazo legal desde que realizaste el servicio o entrega.

  • Máximo 1 mes tras el servicio
  • Determina el trimestre de IVA

Datos del emisor (tú)

Tu nombre completo o razón social, NIF/CIF y dirección fiscal completa. Sin esto, la factura no es válida.

  • Nombre y apellidos o razón social
  • NIF y dirección fiscal

Datos del cliente

Nombre o razón social y NIF del cliente. Si es particular sin actividad económica, igualmente necesitas sus datos.

  • Obligatorio para operaciones B2B
  • Particulares: nombre y NIF

Descripción del servicio/producto

Detalle claro de lo que facturas: qué servicio o producto, cantidad, precio unitario. Debe ser comprensible.

  • Descripción clara y detallada
  • Cantidad y precio unitario

Desglose de IVA

Base imponible, tipo de IVA aplicado (21%, 10%, 4% o exento) y cuota de IVA. Separados claramente.

  • Base + Tipo IVA + Cuota IVA
  • Importe total con IVA

Checklist rápido de factura

Número correlativo único
Fecha de emisión
Tu nombre y NIF
Tu dirección fiscal
Nombre del cliente
NIF del cliente
Descripción del servicio/producto
Base imponible
Tipo de IVA
Cuota de IVA
Total con IVA
Retención IRPF (si aplica)

Errores frecuentes en facturas emitidas

Estos errores pueden invalidar tu factura o causarte problemas con Hacienda.

Numeración con saltos

Si la factura 15 va seguida de la 17, Hacienda puede sospechar que hay una factura oculta.

Fecha posterior al servicio

No puedes emitir una factura de enero en abril. El plazo máximo es de 1 mes desde el devengo.

Descripción genérica

"Servicios varios" o "trabajos realizados" no es suficiente. Detalla qué has hecho o vendido.

IVA incorrecto

Aplicar el tipo de IVA equivocado puede suponer sanciones y obligación de rectificar.

La factura electrónica se acerca

España está implementando la facturación electrónica obligatoria para operaciones B2B. Se espera que entre 2025-2026 sea obligatoria para todos los autónomos. Prepárate buscando un software de facturación compatible.

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Preguntas frecuentes sobre facturas emitidas

Las dudas más comunes al facturar

Legalmente, si realizas una actividad económica de forma habitual, debes darte de alta. Para actividades puntuales de baja cuantía, algunos asesores sugieren que es posible, pero es una zona gris. Lo más seguro es darte de alta antes de facturar.

Debes emitir una factura rectificativa. No puedes simplemente borrar o modificar la original. La rectificativa debe hacer referencia a la factura original y explicar la corrección.

Depende. Si tu cliente es empresa o autónomo y realizas actividades profesionales (sección 2 del IAE), generalmente debes aplicar retención del 15% (7% los primeros años). Si facturas a particulares o actividades empresariales, normalmente no hay retención.

Debes conservar las facturas durante 4 años desde la fecha de presentación de la declaración correspondiente. En la práctica, guárdalas al menos 5-6 años para estar seguro.

Actualmente no es obligatoria para todos los autónomos, pero España está implementando progresivamente la factura electrónica obligatoria. Se espera que en 2025-2026 sea obligatoria para todas las operaciones B2B.

Sí, puedes reiniciar la numeración cada año siempre que incluyas el año en la referencia (ej: 2024/001, 2025/001). Alternativamente, puedes usar numeración continua sin reiniciar.

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